Visados
30 enero 2020 14:41

La tramitación de los visados en el Consulado de Ucrania en Málaga se realiza exclusivamente con cita previa a través de la sistema de información y telecomunicaciones “Visa”, en la página web http://visa.mfa.gov.ua. Mediante este sistema los requirentes pueden registrar su petición de visado on-line y solicitar una cita previa para la entrevista en el Consulado y presentación de los originales de sus documentos necesarios para la tramitación del visado.

La tramitación de los visados en el Consulado de Ucrania en Málaga se realiza mediante el sistema de información y telecomunicaciones “Visa”, que permite a los requirentes registrar una petición de visado on-line y solicitar una cita previa para presentar los documentos necesarios para la tramitación del visado a través de la página web http://visa.mfa.gov.ua.

Por favor, tenga en cuenta que la foto que se agrega a la solicitud de visado on-line debe ser de alta calidad (en color, fondo blanco, sin sonrisa).

A partir del 01 de julio de 2018 la tasa consular por la tramitación regular (durante 10 días laborales) de los visados de cualquier tipo será de 60 euros (menos los nacionales de los países a los que se aplica la tasa de reciprocidad - consulte en el Consulado). Por la tramitación urgente (durante 5 días laborales) se cobra la tasa doble. En caso de denegación de la solicitud de visado, en el documento del solicitante se deja una constancia respectiva y las tasas pagadas no están sujetas a devolución.

El trámite de visa a Ucrania se realiza en las embajadas o consulados de Ucrania. De acuerdo con la normativa vigente, la máxima antelación con que se puede tramitar su solicitud de visado es 3 meses antes de la fecha de inicio de su viaje.


Visado electrónico - e-Visa

A partir del 4 de abril de 2018 el Ministerio de Asuntos Exteriores de Ucrania empezó la emisión de visados electrónicos de entrada en Ucrania a corta duración con motivos de turismo y negocio (http://evisa.mfa.gov.ua).

El Ministerio de Asuntos Exteriores de Ucrania desarrolló el proceso simplificado al máximo de obtención de visados electrónicos, que también permite un control migratorio eficaz.

Para solicitar un visado electrónico el solicitante deberá seguir varios pasos sin salir de su casa: rellenar el formulario on-line, cargar copias escaneadas de los documentos necesarios, pagar en el sitio web con una tarjeta bancaria (MasterCard Worldwide o sistemas de pago Visa International) e imprimir un visado electrónico obtenido por correo electrónico.


Beneficios del visado electrónico

  • tramitación remota de la solicitud de visado a cualquier horario conveniente y obtención de visado sin la necesidad de llegar a la oficina consular;
  • posibilidad de online seguimiento del estadio de la tramitación del visado electrónico;
  • registro centralizado de todas las visas electrónicas en el Ministerio de Asuntos Exteriores de Ucrania;
  • apoyo continuo para los solicitantes [email protected];
  • plazo de tramitación de visado hasta 9 días laborables;
  • tasa consular – 65 USD;
  • período de validez del visado de una entrada es de 30 días.

La introducción del visado electrónico facilitará significativamente las formalidades de obtención de visado para aquellos extranjeros que deseen visitar Ucrania con el propósito de turismo o negocios.


Quen puede obtener el Visado electrónico - e-Visa

Ciudadanos de los siguientes países podrán solicitar visados electrónicos:

Australia, Antigua y Barbuda, Las Bahamas, Barbados, Bahréin, Bolivia, Bután, Vanuatu, Haití, Guatemala, Honduras, Granada, Dominica, República Dominicana, Indonesia, Camboya, Qatar, Costa Rica, Kuwait, Laos, Mauricio, Malasia, Las Maldivas, México, Micronesia, Myanmar, Nepal, Nicaragua, Nueva Zelanda, Omán, Palaos, Perú, El Salvador, Samoa, Arabia Saudí, Seychelles, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Singapur, Surinam, Tailandia, Timor-Leste, Trinidad y Tobago, Tuvalu, Fiyi, Jamaica.

Dependiendo del motivo de viaje y duración de estancia el visado puede ser de uno de los siguientes tipos: 

1."B" - visado de tránsito

  • de una entrada;
  • de dos entradas;
  • de múltiples entradas.

Visado de tránsito se otorga a los extranjeros y apátridas en el caso de tránsito por el territorio de Ucrania al tercer país, así como para la carga en tránsito y pasajeros por carretera.

2."С" - visado de corta duración

  • de una entrada;
  • de dos entradas;
  • de múltiples entradas.

Visado de corta duración se otorga a los extranjeros y apátridas para entrar a Ucrania cuando el período de su estancia en Ucrania no exceda 90 días durante el plazo de 180 días a partir de la fecha de la primera entrada.

3. "D" - visado de larga duración

  • de múltiples entradas.

Visado de larga duración se otorga a los extranjeros y apátridas para entrar a Ucrania con el fin de obtención de documentos que permiten la estancia o residencia en Ucrania durante el periodo superior a 90 días.

Para tramitar cualquier tipo de visado el solicitante debe presentar a la entidad consular los siguientes documentos:

  1. La solicitud debidamente rellenado y firmado por solicitante (http://visa.mfa.gov.ua/).
  2. Pasaporte en vigor. Pasaporte, en su vez, debe cumplir los siguientes requisitos:
    • ser válido al menos tres meses después de la fecha de salida se Ucrania declarada en los documentos;
    • contener al menos dos páginas en blanco;
    • no ser más antiguo de 10 años.
  3. 1 foto de tamaño 35x45 mm.
  4. El documento que confirma el motivo de viaje. (Comprueben la lista para viajes de corta y larga duración).
  5. Póliza de seguro médico de viaje válido en el territorio de Ucrania durante todo el período de estancia prevista en el territorio ucraniano, con cobertura mínima de 30.000 euros .
  6. Comprobante de estado financiero del solicitante u otros documentos que confirmen la disponibilidad de los medios económicos suficientes para cubrir todos los gastos durante todo el período de estancia previsto en Ucrania.
  7. El comprobante del pagamiento de tasa consular (el pago se realiza solamente después de la consultación de un funcionario consular al presentar todos los documentos).

El funcionario consular puede entrevistar al solicitante y exigir la presentación de otros documentos adicionales que, en particular, especifican el motivo de viaje, acrediten la vivienda reservada, confirmen las obligaciones del anfitrión a pagar todos los costes relacionados con la estancia del visitante en Ucrania, permiten establecer la intención del extranjero o apátrida de salir del territorio de Ucrania antes de que caduque el visado, etc.

Los documentos expedidos por las autoridades competentes de un Estado extranjero deben ser legalizados (apostillados).


Visado de corta duración se otorga al presentar uno de los siguientes documentos dependiendo del motivo del viaje:

  • invitación de una entidad jurídica, registrada en Ucrania. La invitación debe tener el número de la entidad jurídica en el Registro Estatal Unificado de las personas jurídicas y físicas - empresarios, número de registro, fecha y firma, nombre, apellido de la persona invitada, la información sobre la fecha y lugar de nacimiento del invitado, su nacionalidad, datos del pasaporte, domicilio, motivo del viaje, cantidad de entradas y dirección de alojamiento en Ucrania, la obligación de la persona jurídica para asumir los gastos asociados con la estancia y egreso de Ucrania del invitado;
  • invitación certificada ante notario del ciudadano de Ucrania, extranjero o apátrida que legalmente residen de manera temporal o permanentemente en Ucrania. La invitación debe incluir los datos personales y de pasaporte o de permiso de residencia de la persona que invita al extranjero, dirección de su residencia permanente o temporal, dirección de residencia, nombre y apellido de la persona invitada, información sobre su fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, datos del pasaporte, dirección, motivo del viaje, cantidad de entradas, la obligación de asumir los gastos asociados con la estancia y salida de Ucrania del invitado. Se adjuntan a la invitación las copias del pasaporte o del permiso de residencia permanente o temporal (para los extranjeros y los apátridas);
  • invitación de las instituciones, empresas u organizaciones estatales de Ucrania;
  • contrato de transporte de mercancías o pasajeros por carretera, así como la licencia de transportaciones internacionales;
  • cedula del ucraniano en el extranjero. Los cónyuges de los ucranianos en el extranjero y sus hijos en caso de su entrada conjunta y estancia en el territorio de Ucrania presentan solicitud y un documento que confirme la relación familiar;
  • documento que confirma el carácter turístico de viaje (voucher turistico, comprobante emitido por la empresa turística con itinerario de viaje, carta de la agencia de viajes de Ucrania con la información sobre el viaje, datos personales del turista, fechas de entrada y salida, datos de la agencia receptora, la cual obligatoriamente tiene que estar registrada como entidad autorizada a recibir turistas extranjeros, con número de la licencia con firma del gerente y sello de esta agencia; junto con confirmación de la reserva del hotel, pasajes aéreos de ida y vuelta);
  • invitación de la institución médica de Ucrania;
  • comprobante de una inversión extranjera en Ucrania;
  • escritura de propiedad en Ucrania;
  • invitación de una organización religiosa aprobada por la autoridad estatal competente para una estancia de corta duración con motivo de realizar los ritos religiosos y otras actividades canónicas;
  • solicitud de un medio de comunicación extranjero para un corresponsal extranjero que entra a Ucrania con el fin de realizar las actividades profesionales;
  • solicitud de las autoridades públicas de los estados extranjeros u organizaciones internacionales;
  • resolución de la Comisión Central de Elecciones de Ucrania sobre la registración de los observadores oficiales de los Estados extranjeros en las elecciones presidenciales, parlamentarios, las elecciones locales y referéndum;
  • documento que acredite la relación de parentesco con un ciudadano de Ucrania, incluyendo el certificado de matrimonio o de nacimiento, junto con una copia del pasaporte del pariente ucraniano.

Visado de larga duración puede ser otorgado al presentar uno de los siguientes documentos:

  • copia certificada del permiso de trabajo para extranjero o apátrida, emitido por el Centro de Empleo Estatal o contrato de trabajo;
  • copia de la resolución de conceder el permiso de inmigración, emitido por Servicio Estatal de Migración;
  • documento que confirma que el solicitante es miembro de la familia de una persona reconocida como un refugiado en Ucrania o una persona en necesidad de protección adicional o la protección temporal concedida en Ucrania;
  • carta de invitación para hacer estudios en Ucrania, otorgada por el centro de enseñanza superior y certificada en el Ministerio de Educación y Ciencia de Ucrania;
  • invitación de la institución estatal, empresa u organización que es beneficiario de la asistencia técnica internacional;
  • invitación de una organización religiosa aprobada por la autoridad competente del Estado para una estancia de larga duración con motivo de la predicación, la realización de ritos religiosos y otras actividades canónicas;
  • invitación de una sucursal, célula estructural o de otra representación estructural de ONG de un país extranjero, debidamente registrada; invitación de una empresa extranjera, registrada en orden previsto por la legislación nacional de Ucrania;
  • invitación de una sucursal o agencia del banco extranjero registrada en orden previsto por la legislación nacional de Ucrania;
  • solicitud de un medio de comunicación extranjero para un corresponsal extranjero que entra a Ucrania con el fin de realizar las actividades profesionales;
  • solicitud de las autoridades de los Estados extranjeros u organizaciones internacionales sobre emisión de las visas al personal de las misiones diplomáticas u oficinas consulares, organismos internacionales y sus representaciones y también para miembros de sus familias, que entran en Ucrania con fines de cumplir con sus actividades profesionales;
  • invitación del organismo estatal responsable de realización de los programas deportivos, culturales, educativos o de voluntariado.
  • certificado de matrimonio con la persona de nacionalidad ucraniana.
  • documento que acredite los lazos familiares con un extranjero o apátrida quien tiene permiso de residencia temporal en Ucrania, copia del permiso de residencia temporal Ucrania, el documento que confirma que un extranjero o apátrida posee medios financieros suficientes para mantener a los integrantes de la familia en Ucrania.

El 22 de junio de 2011 Gabinete de Ministros de Ucrania aprobó el Decreto № 667 "Sobre la aprobación del Reglamento sobre la prestación de servicios de atención médica a los extranjeros y apátridas durante su estancia temporal en Ucrania", que entró en vigor el 1 de julio 2011.

El nuevo Reglamento prevé que los extranjeros y apátridas que residen temporalmente o permanentemente en Ucrania no disponen de atención médica gratuita, incluyendo la de emergencia, siempre y cuando no haya un seguro médico o las leyes y los convenios internacionales de Ucrania no apliquen otro procedimiento.

En el caso de existencia de un contrato de seguro con la empresa-aseguradora residente (póliza, certificado, seguro médico), que garantiza el pago de la asistencia médica, el pago de ese coste realiza la aseguradora por la transferencia del pago al centro de salud (hospital), que proporciona atención médica, después de la presentación de los documentos para su pago.

En el caso de reconocimiento mutuo de los contratos de seguros entre el asegurador-residente y el asegurador-no residente, el asegurador-residente (o empresa de coordinación de concesión de asistencia médica) garantiza el pago si el extranjero o apátrida tiene un respectivo contrato de seguro.

Si el coste de la atención médica proporcionada al extranjero o apátrida, excede la suma asegurada prevista en el contrato de seguro, el extranjero o apátrida deberá pagar la diferencia al centro de salud (hospital), que ha proporcionado la asistencia médica.

De acuerdo con el Decreto № 884 de 04.12.2013 del Gabinete de Ministros de Ucrania "Sobre la aprobación del Orden de suficiente garantía financiera para extranjeros y apátridas que viajan a Ucrania, estancia en el territorio de Ucrania, tránsito por su territorio, salida del este y determinación de la cuantía de tal garantía”, los nacionales de países extranjeros y los apátridas, junto con otros documentos previstos por la legislación ucraniana para tramitar el visado deberán presentar a la respectiva entidad consular un comprobanrte de su capacidad financiera por un importe que corresponde aprox. a 50€ al día de su prevista estancia en Ucrania. 

Estos requisitos no se aplican a las siguientes categorías de ciudadanos:

  • jefes de Estado y de Gobierno de países extranjeros, parlamentarios y delegaciones gubernamentales, personal técnico que atiende a esas delegaciones  y sus familias que vienen a Ucrania por invitación del Presidente de Ucrania, la Verkhovna Rada de Ucrania, el Gabinete de Ministros de Ucrania, la Verkhovna Rada de la República Autónoma de Crimea o el Consejo de Ministros de la República Autónoma de Crimea, ministerios y otros órganos centrales del poder ejecutivo de Ucrania, personas y familiares que llegaron a Ucrania según los documentos de la ONU y de organismos de las Naciones Unidas;
  • personas menores de dieciocho años de edad;
  • turistas extranjeros que participan en crucero;
  • miembros de tripulaciones de buques o aeronaves militares extranjeras, que llegaron a Ucrania en el marco del orden establecido;
  • personas que son miembros de las tripulaciones de los buques no militares extranjeras;
  • personas que son miembros de la tripulación de aeronaves civiles de líneas aéreas internacionales, trenes internacionales, en el caso de estancia en los aeropuertos, estaciones de tren especificados en el horario;
  • jefes de misiones diplomáticas extranjeras, oficinas consulares y miembros del personal diplomático, funcionarios consulares, personal administrativo y técnico de misiones diplomáticas y oficinas consulares, miembros de agregadurías militares o misiones comerciales y sus cónyuges, niños o padres que están mantenidos por estas personas;
  • empleados de relaciones exteriores de los países extranjeros, que llegaron a Ucrania de negocios de servicio y con el pasaporte diplomático o de servicio y sus familias;
  • funcionarios de las organizaciones internacionales , que llegaron a Ucrania de negocios, miembros de organizaciones representadas en Ucrania, así como el personal de representaciones de Estados ante organizaciones internacionales con sede en Ucrania y de conformidad con los documentos legales de estas organizaciones o acuerdos internacionales apropiados están en privilegios e inmunidades diplomáticos , así como sus familias.

Tengan en cuenta que la disponibilidad de garantía financiera se prueba no sólo durante el procedimiento de verificación de los documentos para el visado sino también en puestos de control de la frontera del estado y por los órganos regionales y divisiones del Servicio Estatal de Migración de Ucrania para prórroga de estancia en el territorio de Ucrania y con el motivo de obtener invitaciones para los extranjeros o los apátridas para solicitar posteriormente visado de entrada en Ucrania.

Los extranjeros y los apátridas entran en el territorio de la República Autónoma de Crimea y la ciudad de Sevastopol de Ucrania de conformidad con la legislación y los tratados internacionales de Ucrania.

El régimen de la entrada de extranjeros y apátridas en el territorio de Ucrania temporalmente ocupado y la salida de este territorio está regulado por la Resolución del Consejo de Ministros de Ucrania №367, del 4 de junio de 2015. Según dicha Resolución la entrada de extranjeros y apátridas en el territorio de la República Autónoma de Crimea y la ciudad de Sevastopol temporalmente ocupados y la salida de este territorio se permiten solamente apresentando un pasaporte valido y un permiso especial del Servicio Estatal de Migración de Ucrania, en los puntos de control de entrada y salida, determinados en esta Resolución (Kalanchak, Chaplynka, Chongar, Kherson, Melitopol, Vadym, Novooleksiivka).

La violación de la legislación de Ucrania durante viajes al territorio de Crimea temporalmente ocupado se considerará como violación deliberada de la soberanía y la integridad territorial de Ucrania, y estará sujeta a las sanciones.


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