De acuerdo con el Decreto del Presidente de Ucrania №1131/2005 del 26.07.2005, los ciudadanos de los países de la UE, Confederación Suiza y Principado de Liechtenstein pueden entrar en Ucrania y estar allí sin visado durante un período que no supere 90 días.
Para cruzar la frontera el viajero debe tener el pasaporte en vigor, documentos que confirmen la disponibilidad de los medios económicos suficientes para cubrir todos los gastos durante todo el período de estancia previsto en Ucrania, y, para evitar cualquier tipo de inconvenientes, poder confirmar el motivо de su viaje a la solicitud de agente de la autoridad de control fronteirizo.
En los casos de los viages para periodo mayor a 90 días será necesario tramitar un visado de larga duracion que corresponde con el motivo del viaje.
El régimen de viajes de los ciudadanos extranjeros a Ucrania y los requisitos para el cruce de la frontera estatal, dirigidas a la protección de salud pública en vista de la propagación de Covid-19, están establecidas por la Resolución del Gabinete de Ministros de Ucrania № 1236 de 09.12.2020 (con modificaciones posteriores).
De acuerdo con la dicha Resolución cada uno de los extranjeros o apátridas que tengan como objeto la entrada a Ucrania debe disponer de una póliza de seguro que cubra los gastos del tratamiento médico de COVID-19 y del confinamiento y uno de los siguientes documentos (en inglés o con tradución al inglés):
La póliza de seguro mencionada debe ser vigente durante todo el plazo previsto de estancia en Ucrania y expedida por una compañía registrada en Ucrania o por una compañía extranjera que tenga una sucursal (representación) en Ucrania o relaciones contractuales con una compañía registrada en Ucrania, en forma de assistance.
La exigencia de presentar el certificado de vacunación o certificado de prueba diagnóstica no se aplica a las personas hasta 12 años de edad.
No serán sometidas a la obligación de disponer la póliza de seguro y de certificado de vacunación/prueba diagnóstica las personas siguientes: